Entró en vigencia la ley provincial que prohíbe la pirotecnia de alto impacto sonoro
El Gobierno provincial reglamentó este martes la ley 15.406 que establece la prohibición de la venta y del uso de pirotecnia de alto impacto sonoro, así como también de los globos aerostáticos de pirotecnia.
La ley constituye un reclamo histórico de organizaciones de familiares de chicos con Trastornos del Espectro Autista (TEA), así como también para agrupaciones defensoras de los animales.
Si bien la normativa había sido aprobada en diciembre por la Legislatura bonaerense, recién el miércoles fue publicada en el Boletín Oficial.
“Prohíbase en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”, establece la ley.
Con relación a las multas, la ley de pirotecnia cero precisa que quien la incumpla “será sancionado con multa equivalente al valor de entre 5 y 50 haberes mensuales de Agentes de Seguridad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y el decomiso de la pirotecnia que tenga en su poder”.
Además, los locales comerciales podrán ser sancionados con multa, decomiso y clausura del lugar por un término de cinco a diez días. En tanto, “si quien utiliza en forma recreativa artificios pirotécnicos o cohetería es menor de edad, la sanción será impuesta al adulto responsable del menor”.
Es preciso mencionar, que el articulado de pirotecnia cero excluye de la prohibición a los “artificios de uso práctico” que se emplean en ferrocarriles, en transportes terrestres y aéreos, en sectores agropecuarios o industriales, y en la navegación”.
Asimismo, quedan exceptuados de las prohibiciones de la ley de pirotecnia cero aquellos artificios que utilizan “las fuerzas de seguridad, como así también los que se emplean en los casos de localización de personas, detección de incendios y emergencias.
Por último, se establece que el destino de los fondos originados por las infracciones serán destinados para a solventar campañas de concientización y a brindar capacitaciones destinadas al personal que intervenga en el proceso de control de la ley.
Fuente consultada: Diputados BA
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