15 abril 2026, 20:35 PM




Diputados sancionó la reforma de la Ley de Glaciares por 137 votos a favor y 111 en contra

Diputados sancionó la reforma de la Ley de Glaciares por 137 votos a favor y 111 en contra

Hubo además 3 abstenciones. El debate se extendió por más de 11 horas.

El oficialismo y sus aliados en la Cámara de Diputados se alzaron en la madrugada de este jueves con la aprobación de la reforma de la Ley de Glaciares. A las 2.30, la votación en general resultó con 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones.

Junto al bloque de La Libertad Avanza votaron positivamente el interbloque Fuerza del Cambio, integrado por el Pro, la UCR, Karina Banfi y José Luis Garrido (con la excepción del MID); los bloques provinciales de Innovación Federal, Elijo Catamarca, Producción y Trabajo e Independencia, que responden a los gobernadores de Salta (Gustavo Sáenz), Misiones (Hugo Passalacqua), Catamarca (Raúl Jalil), San Juan (Marcelo Orrego) y Tucumán (Osvaldo Jaldo); un puñado del interbloque Unidos, y dos integrantes de Unión por la Patria.

En tanto, el rechazo fue del grueso de UP, la mayoría del interbloque Unidos, el Frente de Izquierda y los monobloques Defendamos Córdoba (Natalia de la Sota), Coherencia (Marcela Pagano) y el puntano Jorge “Gato” Fernández de Primero San Luis.

Hubo una sola votación al final del debate, ya que previamente se había aprobado una moción del diputado Nicolás Mayoraz para que se procediera a realizar en un único acto la votación en general y en particular. El titular del bloque UP, Germán Martínez, había objetado esa moción, sugiriendo que se votara artículo por artículo, pero la moción del presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales se impuso por 134 votos a favor y 117 en contra.

Empero, la decisión de hacer una única votación llevó a que los diputados del MID, Oscar Zago y Eduardo Falcone, se abstuvieran. Lo explicó este último, que dijo que tenían previsto votar a favor en general y pedir modificar el artículo 3°; como eso no era posible, se abstuvieron entonces. También lo hizo la neuquina Karina Maureira.

El rechazo afuera

Por su parte, en las afueras del Congreso la jornada estuvo marcada por una protesta de organizaciones ambientalistas y agrupaciones políticas (entre ellas, La Cámpora), en rechazo a la ley. Como escena repetida, la movilización no estuvo exenta del accionar de las fuerzas de seguridad, que en un momento corrieron a manifestantes por un trayecto de Avenida de Mayo. También hubo marchas en otros puntos del país, como Mendoza.

Desde distintas ONG’s, asociaciones y particulares anticiparon que irán a la Justicia, y entre los argumentos para objetar la norma harán referencia a la modalidad que tuvo la audiencia pública, la cual rechazaron como tal. En las exposiciones realizadas el 25 y 26 de marzo pasado, solo habló una ínfima parte de los más de 100 mil anotados para participar.

Qué implica la reforma

A partir de la nueva ley se redefine el objeto de protección de los glaciares y el ambiente periglacial, al tiempo de otorgarles a las jurisdicciones (basándose en que constitucionalmente les corresponde el dominio originario de los recursos naturales) el poder de definir qué es un glaciar o periglacial dentro de sus territorios, pudiendo ordenarle al IANIGLA el retiro del Inventario Nacional de alguno de ellos si -mediante estudios técnicos-científicos- consideran que no cumplen con las funciones hídricas previstas.

También incorpora una pauta interpretativa que subordina la aplicación de la ley al criterio constitucional de uso racional de los recursos naturales consagrado en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

La reforma, que fue redactada por el Consejo de Mayo, prevé la incorporación del principio precautorio: todo glaciar o geoforma incluido en el Inventario Nacional de Glaciares se considerará protegido hasta que la autoridad ambiental competente verifique que carece de funciones hídricas. Esa verificación dependerá exclusivamente de cada provincia, cuya información deberá ser transmitida al IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales) para actualizar el Inventario.

También hay cambios en el régimen de prohibiciones que se aplicarán únicamente sobre los glaciares y geoformas identificados como portadores de funciones hídricas por la autoridad ambiental local. Entre las actividades no permitidas se mantienen la explotación minera e hidrocarburífera, la instalación industrial y el desarrollo de obras que alteren de manera relevante la condición natural del glaciar o su función hídrica.

El texto faculta a las provincias a que determinen, mediante evaluación de impacto ambiental, si un proyecto implica una alteración relevante y, por lo tanto, si no puede autorizarse. Otras de las modificaciones es la exigencia de evaluación de impacto ambiental previa para toda actividad proyectada en glaciares o ambiente periglacial, y habilita evaluaciones estratégicas cuando la escala lo amerite. Se exceptúan únicamente actividades de rescate, científicas no invasivas y deportivas no motorizadas.

Por último, redefine el rol del IANIGLA, que continuará a cargo del Inventario Nacional de Glaciares, pero sujeto a un flujo permanente de información desde las provincias. El Gobierno señaló en sus fundamentos que, a 15 años de vigencia de la ley, solo se completó el nivel 1 del Inventario y que aún resta determinar la función hídrica efectiva de las geoformas relevadas.

Fuente consultada: Parlamentario

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