by Sabrina Garcia | 31 de agosto de 2025 2:33 PM
El próximo 7 de septiembre las y los bonaerenses elegirán a representantes para cargos provinciales y municipales: diputados y senadores provinciales según su municipio de residencia, concejales y consejeros escolares en las 8 secciones electorales.
En el Artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se establece que las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida política. En la Argentina los tratados de Derechos Humanos tienen rango constitucional en Argentina (Ley 27044). Por eso, las personas con discapacidad tienen derecho a votar y a ser votados
De esta forma, con el propósito de promover y facilitar el ejercicio pleno de los derechos políticos de todas las personas, se implementan diversas medidas destinadas a la eliminación de barreras y obstáculos existentes en el proceso electoral.
En la Provincia de Buenos Aires, la Resolución 156 sobre Voto Asistido resuelve la existencia de un Cuarto Oscuro Accesible (COA) y del Voto Asistido. Además toda persona que presenta alguna discapacidad tiene el derecho a:
No es obligatorio tener Certificado Único de Discapacidad (CUD) para pedir apoyo.
Para poder votar, entonces, solo hay que tener 16 años o más (las y los migrantes votan a partir de los 18 años), tener domicilio en la provincia de Buenos Aires, llevar el último DNI y figurar en el padrón electoral
Para obtener más información sobre el lugar de votación, la escuela, la mesa y número de orden se puede ingresar a: https://eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar/
Source URL: https://www.zonanorteambiental.com.ar/voto-accesible-el-derecho-de-todos-y-todas-a-votar-sin-dificultades/
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